07 NORMATIVA DE APLICACIÓN EN SANEAMIENTO AUTÓNOMO

Como es conocido, todas las viviendas de nueva construcción, así como las que sean objeto o resultado de obras de ampliación o rehabilitación en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Galicia deberán cumplir las determinaciones recogidas en el DECRETO 29/2010, DE 4 DE MARZO DE 2010, por el que se aprueban las normas de habitabilidad de viviendas de Galicia (DOG núm. 53, de 18 de marzo de 2010).

De este modo, en el apartado I.A.5. “Salubridad” del Anexo I “Normas de habitabilidad de viviendas NHV-2010” del citado Decreto 29/2010, se obliga, en el caso de inexistencia de saneamiento urbano, a prever el tratamiento individual de las aguas residuales según el Código Técnico de la Edificación (CTE) para su posterior decantación y filtración al terreno por zanjas filtrantes.

Así pues, en base a esta normativa, toda vivienda sin posibilidad de acometida al alcantarillado público, deberá de utilizar sistemas individualizados separados, uno para la evacuación de aguas pluviales al terreno y otro de evacuación de aguas residuales dotado de una estación depuradora particular. A este respecto, el sistema de saneamiento autónomo básico propuesto en el presente manual (fosa séptica y área de percolación) cumple las especificaciones relativas a la depuración de aguas residuales, siempre que las características de la parcela en la que se implante sean adecuadas, según se ha detallado en el epígrafe 04.SANEAMIENTO AUTÓNOMO BÁSICO: FOSA SÉPTICA Y ÁREA DE PERCOLACIÓN.

A continuación, para el caso de la instalación de sistemas de saneamiento autónomo, se presenta una compilación de la normativa sectorial de aplicación desagregada por ámbito de aplicación (europea, estatal y autonómica):

Normativa europea

  • DIRECTIVA 91/271/CEE sobre tratamiento de aguas residuales urbanas, modificada parcialmente por LA DIRECTIVA 98/15/CE de la comisión (DOUE núm. 135, de 30 de mayo de 1991).

Normativa estatal

  • REAL DECRETO 1315/1992 DE 30 DE OCTUBRE, por el que se modifica parcialmente el reglamento del dominio público hidráulico aprobado por REAL DECRETO 849/1986 DE 11 DE ABRIL (BOE núm. 288, de 1 de diciembre de 1992. Artículos 237.3).
  • REAL DECRETO 11/1995 DE 28 DE DICIEMBRE DE 1995, por el que se establecen las normas aplicables al tratamiento de las aguas residuales urbanas (BOE núm. 312, de 30 de diciembre de 1995. Artículo 4.2 y ss.).
  • REAL DECRETO LEGISLATIVO 1/2001 DE 20 JULIO 2001, por el cual se aprueba el texto refundido de la ley de aguas (BOE núm. 176, de 24 de julio de 2001. Artículos 100 y ss).
  • REAL DECRETO 314/2006, DE 17 DE MARZO, por el que se aprueba el Código Técnico de la Edificación. (BOE núm. 74, de 28 de marzo de 2006. Documento Básico Salubridad sobre evacuación de aguas).

Normativa autonómica

  • RESOLUCIÓN DE 22 DE MAYO DE 2001, por la que se le da publicidad a la aprobación del Plan de Saneamiento de Galicia 2000-2015, y se declaran las zonas sensibles en el ámbito territorial de las cuencas hidrográficas de Galicia-Costa (DOG núm. 104, de 30 de mayo de 2001).
  • LEI 9/2002, DE 30 DE DECEMBRO, De ordenación urbanística e protección do medio rural de Galicia, modificada parcialmente por LEI 15/2004, DO 29 DE DECEMBRO (DOG núm. 252, de 31 de diciembre de 2002. Artículo 29 letra g).
  • DECRETO 29/2010, DE 4 DE MARZO DE 2010, por el que se aprueban las normas de habitabilidad de viviendas de Galicia (DOG núm. 53, de 18 de marzo de 2010. Anexo I. apartado I.A.5. Salubridad).
  • LEY 9/2010 DE 4 DE NOVIEMBRE, de aguas de Galicia (DOG núm. 222, 18 de noviembre de 2010. Artículo 32).

También son de aplicación las siguientes Normas Técnicas:

  • UNE ISO-EN 12255 y UNE ISO-EN 12566, de obligado cumplimiento para los equipos y sistemas prefabricados.
  • UNE-EN 13636 V2 de obligado cumplimiento para evitar la corrosión de los equipos metálicos soterrados
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